Firma del acuerdo que regula los complementos retributivos adicionales del personal docente e investigador de la UIB

El acuerdo, negociado con los sindicatos y la UIB, actualiza los complementos retributivos de los docentes 

 

El consejero de Educación y Universidad, Martí March, el Rector de la Universidad de las Islas Baleares, Llorenç Huguet junto con los representantes de los sindicatos más representativos del profesorado de la UIB, Maria Alarcón de UGT, Antoni Baos de CCOO y Gabriel Caldentey del STEI, así como también con la presidenta del Comité de empresa del Personal Docente e investigador de la UIB, Francina Orfila y el presidente de la Junta de Personal docente e investigador de la UIB, Guillermo X. Pons han firmado hoy el Acuerdo por el cual se regulan los complementos retributivos adicionales del personal docente e investigador de la Universidad de las Islas Baleares.

Los complementos que regula el Acuerdo tienen como finalidad incentivar y estimular el incremento cualitativo de la actividad docente, investigadora, de desarrollo tecnológico y de transferencia del conocimiento del personal docente e investigador de la UIB.

El Acuerdo es fruto de la negociación con los sindicatos y la UIB, que por primera vez y de manera progresiva, posibilita que los funcionarios interinos y los contratados doctores interinos puedan pedir los complementos, de los cuales hasta ahora estaban excluidos.

El decreto que regula este Acuerdo fue aprobado en Consejo de Gobierno el pasado 10 de febrero y la Dirección General de Universidades y de Enseñanzas Superiores ya ha elaborado y publicado (BOIB 16/02/2017) el Protocolo de Evaluación para la valoración de cada uno de los méritos y para establecer el mínimo de puntuación necesaria para obtener cada tipo de complemento. En los próximos días el Consejo Social de la UIB hará pública la convocatoria para el 2017.       

Acuerdo con importantes novedades
El Acuerdo plasmado en el nuevo Decreto que regula los complementos retributivos adicionales del personal docente e investigador de la Universidad de las Islas Baleares (UIB) establece los requisitos para poder solicitar estos complementos con importantes novedades.

El decreto establece tres tipos de complementos: docencia y formación permanente, actividad investigadora, y excelencia investigadora y transferencia del conocimiento. A partir de ahora, todos se unifican y pasan a tener una vigencia de seis años.

Por primera vez, el nuevo decreto posibilita que los funcionarios interinos y los contratados doctores interinos puedan pedir los complementos, de los cuales hasta ahora estaban excluidos. La implantación será progresiva. A partir de 2017, los interinos podrán pedir y cobrar el complemento de docencia, a partir de 2018, el de investigación, y a partir de 2019, el de excelencia investigadora y transferencia del conocimiento.

Además, para toda la plantilla se recupera y se actualiza el complemento de excelencia investigadora y transferencia del conocimiento, el cual quedó suspendido a lo largo de la pasada legislatura.

Hay que destacar otras novedades en cuanto al complemento de docencia y formación permanente, dado que el anterior decreto se aprobó en el contexto de la incorporación al espacio europeo de educación superior, prevista para el 2010, lo cual supuso una profunda transformación tanto en cuanto a la estructura de las titulaciones como la metodología docente. Una vez completado este proceso de adaptación, resulta imprescindible revisar los méritos docentes para adaptarlos a la situación actual. En esta línea, en el correspondiente protocolo de evaluación de los complementos se han actualizado una serie de méritos que habían quedado obsoletos y se  han incorporado otros aspectos que tienen un peso importante actualmente en la docencia universitaria que no estaban previstos en el decreto anterior.

Por otro lado, la Estrategia Universidad 2015 para la modernización del sistema universitario español del siglo XXI, liderada por el Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, establece como tercera misión de la universidad, además de la enseñanza y la investigación, la transferencia del conocimiento, el compromiso social y la colaboración con otras instituciones. En este sentido, el presente decreto aumenta el peso específico y el número de los méritos posibles relacionados con la transferencia del conocimiento en el complemento de excelencia investigadora y transferencia de conocimiento, con objeto de equilibrar las dos vertientes.

Así mismo, se incorpora el concepto de organismo de investigación de prestigio reconocido, que permite ampliar el número de centros de investigación en los cuales se puede acreditar la tarea investigadora con la inclusión de los organismos de investigación dependientes de la Comunidad Autónoma, así como de todos los organismos públicos de investigación (OPIO) que dependen de la Administración General del Estado, y no únicamente del Consejo Superior de Investigaciones Científicas (CSIC), como sucedía en el decreto anterior.

Fecha de publicación: 23/02/2017