¿Economia colaborativa o competencia desleal?

La tesis doctoral de Josep Gunnar Horrach Armo analiza las conductas desleales de las plataformas digitales, la competencia de los tribunales nacionales para juzgar estas prácticas y la determinación de la ley aplicable en supuestos transfronterizos 

En los últimos años se han creado numerosas plataformas digitales y aplicaciones inteligentes (apps) que han tenido un gran impacto en ciertos sectores económicos. En la tesis doctoral de Josep Gunnar Horrach Armo se analiza el papel de alguna de las plataformas virtuales más destacadas como Airbnb, Homeaway, Uber, Cabify o BlaBlaCar, para determinar, en primer lugar, si resulta adecuado encuadrarlas en la conocida como «economía colaborativa» o «sharing economy». A tal efecto, se concluye que resulta más adecuado hablar de la «economía de las plataformas virtuales», dado que muchas plataformas que se creían colaborativas en realidad tienen un verdadero fin lucrativo.

Una vez indicados los caracteres y los orígenes de la «economía de las plataformas virtuales», la investigación se centra en analizar uno de los aspectos que suscitó más polémica desde la aparición de estas nuevas plataformas: el de su posible competencia desleal respecto a los operadores económicos preexistentes. En este sentido, se han analizado tanto las conductas de estas plataformas digitales como de los sujetos que intervienen a través de estas para determinar cuáles son susceptibles de calificarse como desleales.

Especial relevancia tiene en este ámbito la conducta desleal denominada “infracción de normas concurrenciales”, la cual consiste en obtener una ventaja competitiva en el mercado gracias al incumplimiento de normas que regulan una determinada actividad económica. Así, por ejemplo, constituye un claro ejemplo de deslealtad por «infracción de normas concurrenciales» ofrecer servicios de transporte de pasajeros (esto es, ofrecer un servicio similar al servicio de taxi) sin ostentar la oportuna licencia administrativa, dado que el sujeto que presta el servicio está en una clara posición de ventaja en el mercado respecto a los demás oferentes, la cual se ha obtenido de forma ilegal.

Una vez analizadas las conductas desleales más relevantes, se ha podido realizar el análisis desde el punto de vista del Derecho Internacional Privado, materia en la cual se enmarca el presente trabajo. Este análisis consiste en determinar ante qué tribunales se puede interponer una demanda por competencia desleal y qué ley deberá aplicarse en el contexto de las plataformas virtuales.

En este contexto, se debe tener presente el frecuente carácter transnacional de las empresas titulares de estas plataformas o Apps y, asimismo, el carácter deslocalizado del ciberespacio (Internet) en el que se realizan algunas de las conductas desleales. Por ello, no resultará extraño que el infractor y el perjudicado estén situados en distintos Estados y sea necesario determinar los tribunales competentes y la ley aplicable.

Así, por ejemplo, si la plataforma virtual es alemana, actúa en el mercado español y los sujetos afectados por un acto desleal son franceses, cabe preguntarse  ¿serán competentes los tribunales españoles? ¿Será aplicable la ley española, la alemana, la francesa u otra?  En el trabajo se intentan resolver estos interrogantes jurídicos, indicando cómo deben interpretarse las normas que regulan estas cuestiones (teniendo también presente la opinión de los expertos en la materia y las resoluciones de los tribunales) y, finalmente, proponiendo soluciones legislativas cuando las normas preexistentes no resulten adecuadas.

Ficha de la tesis doctoral

  • Título: La determinación de la jurisdicción y la ley aplicable en materia de competencia desleal en el marco de la economía de las plataformas virtuales
  • Autor: Josep Gunnar Horrach Armo
  • Programa de doctorado: Derecho
  • Directores: Federico F. Garau Sobrino y Silvia Feliu Álvarez de Sotomayor 

Fecha del evento: 23/10/2020

Fecha de publicación: Fri Oct 23 07:57:00 CEST 2020